Consumo mi paro mientras estoy en ERTE? Pese a cobrar la prestación por desempleo durante el expediente de regulación temporal de empleo, este período no influirá en el
Además el Gobierno ha decretado que mientras dure el ERTE los trabajadores tienen derecho a cobrar el paro, hayan o no cotizado los 360 días que con carácter general se exigen para poder
Viernes 9 de julio 2021, 02:48. Comenta. El tiempo que un trabajador ha estado en ERTE computa como cotizado a efectos de poder cobrar la prestación por desempleo, al margen de que la empresa se
Esposible que seas uno de los cientos de miles de trabajadores afectados por este procedimiento y que no tengas claro a qué te enfrentas. Tranquilo, que te explicamos con detalle qué es un ERTE y cuáles son tus derechos. Tras el endurecimiento del confinamiento de la población anunciado por el Gobierno las empresas que no son
Paraque los trabajadores puedan cobrar el paro mientras se ven afectados por un ERTE temporal, la empresa debe hacer dos notificaciones diferentes al Servicio Público de Empleo (SEPE): Deben
Lassiglas de ERTE responden a Expediente de Regulación Temporal de Empleo. Se trata de una suspensión del contrato del trabajador durante el tiempo que la actividad de la empresa está parada. Está regulado en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores y en los artículos 22 y 23 del RDL 8/2020 de 17 de marzo (BOE 18/03/2020).
Lostrabajadores afectados por un ERTE de suspensión, una vez que el Servicio de Empleo les haya reconocido la prestación, cobrarán el 70% de la base reguladora, que se calcula tomando como referencia la media de las bases de cotización de los últimos 6 meses cotizados (180 días) y si no los hay, del período de tiempo
Esfundamental destacar que el paro consumido durante un ERTE no afecta a las futuras prestaciones por desempleo a las que pueda tener derecho el trabajador una vez finalizado el ERTE. Es decir, durante el ERTE, el trabajador consume su paro correspondiente a las horas no trabajadas, pero mantiene intacto el paro acumulado previamente y no se verá
Apartir del Real Decreto-Ley 30/2020 se anunciaron unos cambios muy importantes para todos los afectados. Se establecía una serie de fechas que transformaron la situación por completo. Hasta el 30 de septiembre de 2020, ningún beneficiario de una prestación de un ERTE por fuerza mayor derivado de la COVID-19 consumió paro.
Sies el 29 de septiembre de 2021 o posterior, se le reducirá del periodo ese consumo, desde el 1 de enero de 2021 y hasta que finalizó su ERTE Covid. C.- Excepciones al apartado anterior. No se entenderá que el consumo de la prestación de desempleo en un ERTE Covid debe reducirse en los siguientes supuestos de cese o
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que significa que el erte consume paro